
El próximo día 18 de este mes de abril un número muy grande de organizaciones de la sociedad civil española (también en toda Europa y algo menos en USA) van a manifestarse en la calle en el Día de Acción Global contra el TTIP (Transatlantic Trade and Investment Partnership)
A mi me parece que el Día de Acción Global contra el TTIP, con ser una cosa pequeña, una movilización que no sacará a la calle a millones de personas, es un toque de atención sobre algo que, junto con la lucha contra el cambio climático, constituyen causas en las que deberíamos implicarnos la gente corriente hasta las cejas…nos va en ello la propia supervivencia. Es que hasta la batalla contra el hambre y las desigualdades también se está librando en este escenario.
Susan George en Los Usurpadores (Icaria Editorial, marzo 2015) describe así la escena: “los asistentes picaban piruletas de foie gras bañadas en chocolate fundido mientras discutían sobre la potencial bonanza empresarial que derivaría de las negociaciones comerciales transatlánticas recién iniciadas entre Europa y Estados Unidos. La finalidad de tales negociaciones es armonizar los sistemas regulatorios de EEUU y Europa para que las empresas puedan atenerse a un solo estándar…”
Usted seguramente habrá oído campanas…pero poco más. Es
natural, la mayor amenaza a la democracia jamás conocida es un secreto que
guardan celosamente como dos delincuentes conjurados varios actores de la
escena internacional entre los que destacan La Comisión Europea y la Cámara de
Comercio de Estados Unidos. Ah ¿que quién ha votado a esta gente para que se
pongan a organizarnos la vida? Nadie.
Lo que describe George es una reunión de despachos de
abogados estadounidenses con filiares en Bruselas, dedicados a la labor de lobby en las instituciones de la Unión Europea y, en cuanto sea posible, a representar a las empresas transnacionales en el
lucrativo negocio de demandar a los estados ante una suerte de entidades de
arbitraje que, de facto, devienen en una especie de tribunales privados. Es lo que se conoce como disputas ISDS (Investor-state
dispute settlement) algo que la Wikipedia explica muy bien: “…es un instrumento
de derecho internacional público, que otorga a un inversor extranjero el
derecho a iniciar un procedimiento de arbitraje de diferencias contra un
gobierno extranjero (el ‘estado anfitrión’). Las disposiciones que prevén la
ISDS se encuentran en un gran número de tratados bilaterales de inversión, en
algunos acuerdos comerciales internacionales, como el capítulo 11 del Tratado
de Libre Comercio de América del Norte y en los acuerdos internacionales de
inversión, tales como el Tratado sobre la Carta de la Energía. Si un inversor
extranjero de un país A (Estado de origen) invierte en el país B (Estado
Receptor), ambos han acordado el ISDS, y el estado anfitrión viola los derechos
reconocidos a los inversores … entonces este inversor puede someter el asunto a
un tribunal arbitral. … El ISDS, de hecho, a menudo se lleva a cabo bajo los
auspicios de los tribunales arbitrales internacionales que se rigen por
diferentes normas o instituciones, como el Tribunal de Londres de Arbitraje
Internacional, la Cámara de Comercio Internacional, el Centro de arbitraje
Internacional de Hong Kong o el Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI”
¿Ficción literaria? Busquen en las hemerotecas, porque
esto en realidad no es nuevo…los antecedentes son variados y han venido tomando
la forma de acuerdos bilaterales; no de la dimensión que implica el TTIP,
claro. Solo citaré aquí un ejemplo real: en 2012 un tribunal de arbitraje (http://justinvestment.org/2012/10/icsid-orders-ecuador-to-pay-1-7-billion-to-occidental-petroleum-interview-with-the-ecuador-decide-network/)
fijó una indemnización de 1.770 millones de dólares a favor de Occidental
Petroleum en la resolución de una demanda presentada contra Ecuador en concepto de contraprestación pues el gobierno
de Correa había impedido que la empresa perforase en una zona catalogada como
reserva ecológica. Apunte: no tiene que ver este asunto con debates tales como
el de la deuda legítima o ilegítima, o la concesión por parte de las Administraciones
en la contratación pública de compensaciones para el caso de que los negocios
no satisfagan las expectativas de las empresas (Radiales de Madrid, Castor…el
mal ejemplo cunde enseguida) pero seguro que a ustedes se les antoja que estas
criaturas del neoliberalismo están todas emparentadas. Ah ¿que de qué mandato
ciudadano procede el International Centre for Settlement of Investment Disputes,
tribunal de arbitraje que condenó a Ecuador? De ninguno. ¿Qué quien
legitimó específicamente a las autoridades autonómicas de Madrid para realizar
infraestructuras muy poco útiles que hipotecarán a varias generaciones? En
puridad, nadie.
Bueno, lo de Ecuador pasa porque al fin y al cabo es la historia de siempre, ley de
vida, el volumen de negocio de Occidental Petroleum comparado con el PIB del pequeño
país americano hace que la relación sea muy desigual, podría asegurar algún
pragmático muy, pero que muy, voluntarioso ¿Sí? Lean esto: “E.On presenta una
demanda contra el apagón nuclear decretado por Angela Merkel” http://sociedad.elpais.com/sociedad/2011/11/15/actualidad/1321311615_850215.html
Sí, en este caso la demanda se presenta ante una institución legítima del
estado alemán, el Tribunal Constitucional…pero fíjense en los argumentos de la
empresa; seguro que los desahucios en España les parecen igual de inconstitucionales que el apagón nuclear alemán.
Pero volvamos un momento al fondo de la cuestión.
Revisitemos la divertida reunión de las piruletas de foie. Decíamos que la finalidad del TTIP es “armonizar” los
sistemas regulatorios. Qué bonito eufemismo. ¿Qué significa “armonizar” bella y
conciliadora palabra, palabra buen
rollito la podríamos denominar? Pues, de nuevo pongamos un ejemplo. En
Europa, a la hora de fijar estándares de calidad, de protección medioambiental
o de la salud, etc, rige lo que se conoce como el principio de precaución que viene a decir algo así: “si no estás
seguro, no lo hagas” En USA, en cambio, si Monsanto pongamos por caso,
desarrolla un nuevo cebollino transgénico, bastará con que presente un informe
científico (ya me entienden) sobre su
bondad para que las autoridades regulatorias estadounidenses permitan la
comercialización; si luego resulta ser el cebollino homicida, eso deberán
demostrarlo con cientos de informes -y tal vez algunos muertos- los
consumidores. Se comprende que a la industria alimentaria estadounidense el
etiquetado, por ejemplo, tal como se aplica en Europa, les parezca una pérdida
de tiempo y que, por ejemplo, la denominación de origen del vino español,
francés, italiano…les parezca un proteccionismo intolerable…a ver por qué no
van a poder llamar champagne a un vino gaseoso producido en la Baja California
¿eh?
Así es que, como en toda negociación alguien cede y
normalmente es el que más impedimentos y normas pone sobre el tapete, ya sabemos qué puede ocurrir con las actitudes
garantistas europeas, sobre todo si, en realidad, no es tanto una cuestión de soberanía
–eso lo es para la galería- como de una lluvia de oro (para las multi o transnacionales) y de azufre (para la gente) y de que el
enemigo está dentro (en la Comisión, por ejemplo) El enemigo de la gente, quiero
decir, claro. Apliquen ahora todo esto a las relaciones laborales, los derechos sociales,
los servicios públicos, los fármacos, los alimentos, la protección del medio ambiente, la propiedad intelectual y las patentes...a la vida misma, vaya (todo cabe en el TTIP, o en lo que inventen para llegar al mismo sitio dando un rodeo) y verán cómo se les ponen los pelos: como escarpias.